¡Qué viene el SERMI! Podcast CESVIMAP 37

CESVIMAP podcast

07-02-2024 • 33 Min.

El futuro procedimiento SERMI Inauguramos 2024 en nuestro canal de podcast CESVIMAP con un tema que está ¡de rabiosa actualidad! Para ello, Enrique Zapico, director del Mobility Lab de MAPFRE, en CESVIMAP, nos explica qué es SERMI y su obligatoriedad para cualquier taller que quiera trabajar en algún aspecto relacionado con la seguridad de los sistemas antirrobo de los vehículos Enrique, buenos días. De cara a la próxima implantación obligatoria en la Unión Europea del procedimiento SERMI, nos puedes explicar brevemente qué es y cuándo entra en vigor? SERMI es el procedimiento que se ha instaurado en la Unión Europea para acreditar, aprobar y autorizar el acceso a cualquier información de reparación y mantenimiento relacionada con sistemas de seguridad (sistemas antirrobo de los vehículos). Es importante aclarar este concepto de seguridad, ya que en español empleamos la misma palabra para dos conceptos que, en inglés, tienen palabras distintas. SERMI se aplicará a la “SECURITY”, es decir, a aquellos sistemas que dispone el vehículo para garantizar que no nos lo roben. En la homologación de vehículos se habla de protección contra el uso no autorizado. Y hay que diferenciarlo de “SAFETY” que se refiere a los sistemas de seguridad que protegen a las personas: frenos, dirección, airbags, pretensores... Se implantará de forma escalonada en los diferentes países según tengan los medios necesarios para gestionarlo, entre ellos, los Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC), que serán los encargados de aprobar o rechazar el acceso de los talleres a la información sensible de los vehículos. SERMI se define como “la asociación creada para desarrollar, poseer, operar y mantener un esquema y proceso de acceso a información de reparación y mantenimiento relacionada con la seguridad para vehículos de motor para aprobar y autorizar a operadores independientes (IO) que trabajan en el mercado europeo de reparación de automóviles para permitirles acceder a RMI (información de reparación y mantenimiento) relacionados con la seguridad”. ¿Será necesario que los talleres estén autorizados para acceder a determinadas características de seguridad de los vehículos? En el momento en el que el sistema SERMI se implante, será obligatorio si quieren poder hacer diversos trabajos habituales como la reprogramación de llaves, sustitución de centralitas de motor o cualquier otra operación que afecte al software y al hardware de los sistemas de seguridad y antirrobo del vehículo. Así, los talleres independientes han de formarse sobre esta nueva reglamentación Realmente no se trata de que los talleres se formen. SERMI sólo va a cambiar cómo acceden los talleres a determinada información de reparación y mantenimiento. Hasta ahora, el taller independiente que quería acceder a la información técnica oficial del fabricante tenía que darse de alta en el sistema de información técnica (TIS) de cada fabricante y pagar la cuota correspondiente en función del tipo de acceso que desease (por horas, por días, por meses...). Una vez dentro, en general se tenía acceso a toda la información técnica necesaria para la reparación y mantenimiento del vehículo. Toda. La de seguridad y toda la restante. Hace años que algunos fabricantes, conscientes de que determinada información de reparación podría ser sensible, exigieron a los talleres y sus empleados que justificasen que “eran honrados” y que se podía confiar en ellos. Para ello, cada fabricante exigía a los talleres y sus empleados que presentasen justificación de antecedentes penales, de que su negocio era legal. Y el taller y sus empleados tenían que hacer este proceso para conseguir el acceso a cada uno de los fabricantes en que estuviese interesado. SERMI viene a normalizar y facilitar todo este proceso. La idea que subyace detrás de SERMI es: “demuestra una vez que eres honrado y eso ya valdrá para todos los fabricantes” Hay que distinguir entre el derecho de los fabricantes de automóviles a la confidencialidad de su información y a la vez a la protección de su propiedad intelectual, y el derecho de los talleres independientes a tener acceso a la información para reparar sus vehículos. Esta nueva legislación quiere garantizar que un taller reparador pueda acceder a la información de todos los fabricantes de vehículos en lo que respecta a la seguridad frente al robo, pero también establecer ciertas garantías para tranquilidad del fabricante. Con este nuevo procedimiento, se van a simplificar las tareas burocráticas de los talleres a la hora de tener que gestionar directamente con cada fabricante los permisos, ya que este organismo será el competente a la hora de tramitar la autorización pertinente para que el taller pueda reparar y mantener los sistemas de vehículos de cualquier marca. No obstante, sí modificará ciertas formas de trabajar de los talleres: desde qué datos se deben recoger en las órdenes de trabajo, qué trabajadores pueden hacer determinadas operaciones, hasta qué documentación deben solicitar y conservar por parte del propietario del vehículo. ¿Y qué aspectos regula o define el esquema SERMI? Primero define qué supone la figura de Operador Independiente (empresa o taller reparador) y Empleado de dicho Operador Independiente. Ambas figuras tienen que superar unas pruebas para obtener un certificado y acceder a esta información de reparación y mantenimiento relacionada con la seguridad. Abarca la información, el software, las funciones y los servicios necesarios para reparar un vehículo, manteniendo sus características para evitar que sea robado, y, en su caso, permitir que pueda ser rastreado y recuperado. Definamos el proceso para obtener la aprobación y autorización SERMI: Cada país miembro de la Unión Europea tiene un Organismo Nacional de Acreditación (en España ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, es la encargada de acreditar a las empresas que gestionarán la obtención de esta aprobación y autorización). Estas empresas se denominan OEC (Organismo de Evaluación de la Conformidad) y son a las que el taller, como Operador Independiente, y sus empleados correspondientes, deben dirigirse para obtener la aprobación y autorización. Tras contactar el taller con el OEC, éste llevará a cabo las comprobaciones necesarias para conceder (o no) la aprobación al taller y las autorizaciones correspondientes a sus empleados. Es como una auditoría, aunque se denomina inspección. Se basa en estos requisitos a evaluar: A) Por parte del taller/operador independiente: La propiedad documentada del taller, el nombre del director gerente; La lista facilitada por el taller de los empleados que vayan a ser autorizados; La información sobre la responsabilidad y la función de los empleados; Si el taller cuenta con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de un millón de euros para lesiones corporales y de medio millón de euros para daños materiales; Si la aprobación del taller ha sido revocada por motivos de uso indebido; Si el taller ha aportado pruebas de actividad en el sector del automóvil; (licencia de actividad, registro de industria...) Si la declaración por la que se certifica que el taller lleva a cabo una actividad empresarial legítima ha sido firmada por el taller y, durante las inspecciones in situ, si el taller lleva a cabo efectivamente una actividad empresarial legítima; Si el taller o sus empleados no tienen antecedentes penales; Si existe una declaración firmada por el representante legal del taller de que se garantiza el cumplimiento por parte de sus empleados de los requisitos de procedimiento establecidos para todas las operaciones relacionadas con la seguridad del vehículo. B) Por parte de los empleados: Que el trabajador en cuestión no dispusiera de una autorización previa revocada a causa de un uso indebido de dicha autorización; Que el trabajador no tenga antecedentes penales. Que exista un contrato laboral entre el trabajador en cuestión y un agente independiente aprobado. Que el empleado en cuestión disponga de un documento nacional de identidad válido o de un documento equivalente. Qué operaciones se pueden hacer con ese certificado (programar llaves…) A nivel práctico, este proceso se puede resumir de la siguiente manera: El taller, que es el operador independiente, solicita al organismo evaluador de la conformidad (entidad de inspección acreditada por ENAC) que quiere ser inspeccionado para acceder a la información SERMI. EL OEC le solicitará una serie de documentos, como los que he indicado anteriormente, tanto relativos al taller como de los empleados que el taller quiere que sean autorizados. EL EOC/entidad de inspección revisará estos documentos y, si todo es correcto, APROBARÁ al taller y AUTORIZARÁ a los empleados. Esta autorización del empleado para el acceso a la información SERMI es personal e intransferible y, además, caduca si el empleado deja de trabajar en ese taller. Aquí aparece otro actor que no hemos mencionado hasta ahora y que es parte fundamental del esquema SERMI: El Centro de Confianza (en inglés TRUST CENTRE). El Centro de Confianza es un organismo que, de manera electrónica, va a validar la autorización de cada empleado cada vez que pretenda acceder a esa parte de la información del fabricante. Esta validación se hará mediante el empleo de una aplicación en el teléfono móvil, similar a una wallet que, en el momento que el empleado quiera acceder a la información restringida, deberá escanear un código BIDI que aparecerá en la pantalla del ordenador, dentro de la página del fabricante, y en ese momento se establecerá una comunicación con el centro de confianza donde se comprobará si ese empleado está autorizado y su autorización está en vigor; si es correcto, el centro de confianza informará la fabricante que el empleado “es de fiar” y entonces le abrirá el acceso a la información de seguridad. Para evitar que otra persona no autorizada pueda acceder usando el teléfono del empleado autorizado, además de tener que disponer físicamente del teléfono donde se encuentran los certificados instalados, se hará un reconocimiento biométrico de la cara como método de identificación. La aprobación del taller y la autorización de los empleados tiene una validez por 5 años (60 meses). En ese periodo, el taller será visitado de manera no anunciada por el OEC para verificar in situ si todos lo datos que proporcionaron son ciertos, así como para inspeccionar cómo realiza y registra los trabajos que haga relacionados con el ámbito SERMI. Además, cuando pasen los 5 años, el taller volverá a ser inspeccionado in situ para volver a comprobar y hacer un seguimiento de cómo ha realizado y registrado las reparaciones que entran dentro del ámbito SERMI. Tras obtener esta autorización y aprobación ¿en qué puede trabajar el taller? Una vez obtenido el certificado, se podrán realizar diferentes operaciones relacionadas con el sistema antirrobo del vehículo, tales como: Instalación o actualización de softwares de componentes de las centralitas de motor, inmovilizador, cuadro de instrumentos cuando intervenga en el sistema antirrobo, etc. Programación de llaves. Cambio de bombines de puertas. Petición de los recambios correspondientes… Hay que tener en cuenta que este certificado sólo atañe a las operaciones en los sistemas antirrobo. Para otras que requieran acceso a la información del fabricante, se seguirá haciendo por los canales existentes hasta ahora, a través de sus webs y portales TIS (Technical Information System) y pagando las correspondientes tasas. Y la autorización SERMI no excluye de tener que seguir pagando por la información en los portales TIS. Es un requisito adicional. ¿Quién lo necesita? El esquema SERMI va a ser necesario para todo taller que se dedique a estas operaciones que hemos comentado. Afecta tanto a talleres independientes como a los concesionarios oficiales, puesto que éstos últimos también pueden ser multimarca y reparar vehículos de otras marcas. Es decir, si es un taller de chapa y pintura en el que no se realice ningún tipo de reparación mecánica que afecte a los sistemas antirrobo no será necesario obtener este certificado. ¿Cuándo entra en vigor? Estaba previsto que fuera el pasado 1 de agosto de 2023. Sin embargo, la UE se ha visto en problemas porque no había Organismos Evaluadores de la Conformidad suficientes en varios de sus países miembros. Así que va poco a poco implantándose país a país. En el resto, se continuarán usando los tradicionales sistemas de identificación de cada uno de los fabricantes de vehículos. Las últimas noticias indican que en España entrará en vigor el próximo 1 de abril de 2024, Para saber más: https://www.vehiclesermi.eu/ ¿Qué pasará si no se consigue el SERMI? Se cerrará el acceso a la información sobre los sistemas de seguridad y el pedido de piezas para los talleres y no se podrá realizar: Programación de llaves / cerraduras; Actualización del software relacionado con los sistemas de seguridad. Esto incluirá unidades de software relacionadas (ECU combinadas); Solicitar piezas relacionadas con los sistemas de seguridad. https://www.linkedin.com/in/enrique-zapico-alonso/ https://www.linkedin.com/in/angel-aparicio-benayas/ https://www.linkedin.com/in/teresamajeroni/ https://www.linkedin.com/showcase/cesvimap https://twitter.com/cesvimap https://www.facebook.com/cesvimap https://www.instagram.com/cesvimap https://www.youtube.com/cesvimap https://www.revistacesvimap.com/